15/03/2004

¿Es Telefónica una empresa ineficiente?

La respuesta es fácil
La Tercera
Por Pablo Serra, Investigador CEA, Ingeniería Industrial de la Universidad de Chile
Llama la atención la fuerte baja en las tarifas de CTC propiciada por los ministerios de Economía y Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones. Esto, porque es difícil pensar que se haya producido un avance tecnológico tan fuerte en los últimos cuatro años que explique la propuesta dada a conocer, y más aún si a lo anterior se une el hecho que CTC ha presentado rentabilidades bajas, e incluso negativas, en los últimos años.

Es problemático opinar sobre la exactitud y rigor del Informe de Objeciones y Contraposiciones (IOC) preparado por los ministerios y lo mismo ocurre con el Estudio Tarifario presentado por CTC: procesar en pocas horas toda la información que estos documentos traen resulta imposible. Sin embargo, es atractivo especular acerca de las posibles razones que, por separado o en conjunto, explicarían los números del IOC.

Una primera explicación sería que las objeciones del IOC son correctas y simplemente CTC es una empresa ineficiente. Si bien es cierto que ella ha mejorado su gestión en forma considerable desde la última fijación tarifaria, entre 1998 y 2002 la matriz de CTC redujo a menos de la mitad el número de sus trabajadores, el proceso de racionalización podría estar aún incompleto. Además, en los malos resultados de los últimos años han incidido los costos de reestructuración, así como la corrección monetaria en una empresa que no se había cubierto debidamente para enfrentar alzas en el precio del dólar, eventos que no debieran repetirse en el futuro.

Un segundo motivo sería el deseo de las autoridades de contrarrestar las alzas tarifarias solicitadas por Telefónica en su estudio. La razón para hacerlo es que las diferencias que persistan entre las autoridades y la empresa serán seguramente llevadas a una comisión pericial. La evidencia de anteriores procesos tarifarios indica que dichas comisiones tienden a buscar un punto intermedio entre las posiciones de las partes. Y si bien es cierto que el informe de los peritos no es vinculante para las autoridades, como es probable que el proceso tarifario derive en una demanda judicial, el informe de los peritos pasa a ser un gran antecedente para el proceso. En este contexto, el IOC habría buscado equilibrar una solicitud desmedida de CTC.

Existen diversas razones por las que las comisiones tienden a buscar una solución "salomónica". Una de ellas es el poco tiempo que disponen para pronunciarse sobre las divergencias, por lo que buscar un camino intermedio les puede parecer prudente. A lo anterior se agrega el hecho que para poder referirse sobre ellas sería necesario conocer tanto aspectos técnicos de las telecomunicaciones como elementos de finanzas y administración, y pocos especialistas reúnen todos estos conocimientos. La comisión de peritos está conformada por tres personas, una de las cuales es escogida por las empresas, la segunda por las autoridades y la tercera de común acuerdo entre las partes. En consecuencia, gran parte de la responsabilidad recae sobre el tercer perito, lo que acentúa los problemas anteriores. Y las propias partes pueden preferir que los peritos busquen puntos intermedios, pues es muy grande el riesgo de que se inclinen decididamente por la posición de la contraparte.

Aparentemente, la propuesta de CTC era débil. El Informe de Objeciones y Contraposiciones preparado por los ministerios trae una larga lista de errores detectados en el Estudio Tarifario. Algunos de los puntos objetados por las autoridades son en tópicos abiertos a la discusión, pero la argumentación en el IOC parece ser más sólida que en el estudio de CTC. En todo caso, el aparente descuido en este último se debería a que esta empresa habría trabajado bajo la premisa que en la fijación de 1999 se cometieron errores que la perjudicaron, los que serían compensados en la presente fijación tarifaria. Pero todo indica que las autoridades no consideraron para nada un eventual criterio de compensación y se ajustaron a los reglamentos y bases técnicas.

Uno de los elementos de la normativa es que en el cálculo de las tarifas se debe considerar la presencia de una hipotética "empresa eficiente", cuya "competencia" es muy fuerte para cualquier empresa real. Dicha empresa eficiente se supone poseedora de la tecnología más eficiente disponible, con lo cual la empresa real absorbe todo el riesgo tecnológico. Es cierto que en mercados más competitivos las compañías también enfrentan riesgos de obsolescencia, pero es poco probable que los competidores actualicen su tecnología en forma instantánea, siendo más bien procesos graduales. Asimismo, las compañías eficientes en sus expansiones deben considerar un diseño óptimo de redes, mientras que la empresa real está limitada por decisiones anteriores. Por último, no existe la empresa real que acierte en todas sus decisiones. Tal vez sería necesario precisar con mayor exactitud en qué consiste una empresa eficiente.